La Pasión en Boñar del 27 de marzo de 1994

Existen momentos en la vida que se transforman, sin querer, en acontecimientos culturales que marcan la historia de una zona porque son compartidos por una gran mayoría social que les imprimen ese carácter de relevancia y significatividad que perdura en la memoria de quienes los compartieron y disfrutaron.

Eso ocurrió con la representación del auto teatral LA PASIÓN en una abarrotada iglesia de Boñar (medio millar de personas) en la tarde del Domingo de Ramos un 27 de marzo de 1994.

Cumpliéndose ahora los 30 años de su celebración, me gustaría compartir los entresijos de su preparación y realización, no todos porque algunos siempre se escapan y otros son vivencias y sentimientos personales que permanecen en nuestra particular biblioteca de los recuerdos más significativos de nuestra existencia.

Antes del relato quiero expresar mi agradecimiento a mi amiga Gelines (María de los Ángeles del Río Alonso) sin la que La Pasión no hubiera podido ver la luz, como tampoco la docena larga de obras de teatro que vieron la luz en Boñar entre 1988 y 1998. A Javi (Javier Manso Tejerina), el gran animador cultural de mis años jóvenes, por su continua amistad y la vida compartida en estos años. Y a ese grupo de entonces "chavales" de Boñar, La Devesa de Boñar, Palazuelo de Boñar, La Losilla y Barrio de las Ollas que priorizaron una actividad cultural al tiempo de ocio.

Boñar.
Biblioteca pública. Planta baja del Ayuntamiento
Una tarde de finales de agosto de 1993.



Habíamos quedado Gelines del Río y quien escribe para hablar del proyecto de teatro para la próxima "temporada" cuando surgió intentar la representación casi completa de LA PASIÓN, una obra escrita en verso por Enrique Pérez Escrich en el siglo XIX. El libreto que había caído en manos de D. Carlos Santos Vega, a la sazón, párroco de la villa, procedía de Villafruela del Condado. Algunos cuadros o escenas se habían representado algunos años antes durante la nocturna Hora Santa del Jueves Santo con un grupo reducido de 13-14 actores dirigidos por Javier Manso Tejerina. En esas ocasiones yo había participado en el papel de Judas Iscariote.

La apuesta era de gran calado. Barajamos pros y contras. Dentro de los primeros podíamos contar con el lugar (la iglesia), el apoyo de D. Carlos y de Javier, cortinajes para organizar un escenario, y un atrezzo parroquial bastante importante (túnicas procesionales, trajes de las cabalgatas...) al que completar con elementos fáciles de conseguir, el conocimiento de algunas escenas con posibles actores "repetidores", el entusiasmo... En el lado opuesto estaba como gran reto conseguir un elenco personal tan numeroso (la obra necesitaría de 43 personajes), jóvenes cuyo acercamiento al teatro y a la narración en verso les sería bastante ajeno, que serían también de los pueblos cercanos (añádase el problema de desplazamiento a los ensayos) y estudiantes que tendrían que compaginar estudios académicos con aprendizaje de papeles complejos y largos en algunos casos.

Y la decisión fue rápida aunque no exenta de cierto vértigo. El paso siguiente fue estudiar más pormenorizadamente el texto, variar algunas expresiones o vocabulario sin perder la rima y simplificar el conjunto (por ejemplo, decidimos cortar una breve escena inicial que se centraba en el encuentro de Jesús con la samaritana junto al pozo y una final con la aparición de Jesús a sus discípulos por dos motivos principales: la primera podría parecer artificial con todo el conjunto y con la final se alargaba la representación y complicaba más personajes. Así decidimos también introducir un personaje ficticio, el apóstol Juan anciano, escribiendo el propio relato de la Pasión (papel que le vendría ni pintado a Javier) para dinamizar los entreactos así como el inicio y una parte del final de la obra. El final lo cerraría la voz de Jesús con el mandato misionero a los apóstoles. La redacción de estas intervenciones fue rápida y fluida y en una semana las había dado forma así como la de reducir las personas necesarias a 38 al poder realizar algunas de ellas dos personajes "de reparto" que no coincidían en escena.


Siguiente paso: "A la caza de los intérpretes". Clasificador en mano comenzamos por los que ya la habían representado y luego siguió la gran carrera para animar a los jóvenes del instituto de Boñar. 
el proceso-respuesta fue relativamente ágil aunque nos atascamos con algunos de los personajes de peso que requerían algunas dotes interpretativas. El personaje de Jesús nos suponía un contratiempo en los ensayos porque el elegido, Javier Manso (sobrino) estudiaba fuera de Boñar y no podría estar en todos. Teníamos a todos pero nos faltaba alguien para el papel de Pilato y no encontrábamos a nadie. Cuando le dije a Gelines que me hacía cargo yo del gobernador romano sabía que ello implicaría que sobre sus hombros recaería la coordinación de todo el movimiento de personajes entre bambalinas (entradas y salidas por las tres puertas de acceso al escenario, la preparación en el set previo a las intervenciones y, por si fuera poco, también la salida de la iglesia por detrás para entrar por su puerta principal y organizar el camino al calvario por el pasillo central). Yo la estaría apoyando en lo que pudiera y me dejara la atención a las luces y la introducción de la banda sonora en los momentos más importantes (de la selección y la grabación en una cinta de casete de los 28 minutos de música no entraré porque fue otra larga y jugosa aventura con los medios que se disponían por aquel entonces). Con la elección, adjudicación y entrega de los papeles respectivos para su estudio y aprendizaje transcurrió el otoño a una velocidad de vértigo.


Tras el fin de las vacaciones de Navidad, el año 1994 dio comienzo a los ensayos durante casi tres meses. Los organizamos en dos semanales durante los meses de enero y febrero. Además, para hacerlo más ágil se ensayaban dos actos un día y el tercero, otro. Las tres semanas de marzo previas a la representación fueron ensayos completos los dos días. Todo parecía encarrilado (vestuarios, movimientos en escena, pocas dudas u olvidos...) hasta que dos semanas antes del Domingo de Ramos (día elegido para el estreno), Francisco "miguinas", que daba vida a uno de los sacerdotes, rompió una pierna. Todavía recuerdo la adaptación de las escenas en las que participaba y los ensayos extra de las mismas con los otros tres sacerdotes involucrados (Gustavo Silva, Alberto Martínez y Raúl Valle) en el salón de la casa de mis padres.


El ensayo general, el fin de semana previo a la Semana Santa, con vestuario, luces, sonido, movimientos fue una pesadilla. Todo lo que salía bien, no salía. Aquel que no se había confundido en sus frases hasta ahora o al entrar o salir a escena, lo hacía. Y para redondearlo, habíamos invitado a los corresponsales de los medios provinciales para que se hicieran una idea de lo que habíamos preparado. Cuando salimos del ensayo, Gelines y yo sabíamos que no dormiríamos bien hasta el Domingo de Ramos.

El cartel anunciador tuvo una autoría compartida. La inicial se la debemos con gratitud a Luis Manso que había preparado uno para las ocasiones anteriores de la Hora Santa mencionada anteriormente. Sobre su base, introduje algunos añadidos y variaciones que dieron lugar al que finalmente se distribuyó por todo el contorno y que Enrique Pérez, en su retablo leonés del Diario de León, me atribuyó solo a mí. Pero a Luis lo que es de Luis también.


 El resultado final fue una representación antológica que ha marcado la historia de esta villa fruto del trabajo de unos jóvenes que antepusieron una buena parte de su tiempo libre a una apuesta común, cultural y de gran dificultad. Este fue el sentir que nos trasmitieron vecinos, personas que vinieron de lejos, incluso de otras provincias, y los medios de comunicación. 

Solo me gustaría añadir que si alguien tuviera y quisiera enriquecer el apartado fotográfico del artículo estaría encantado de incorporarlo (enviar a jcgcaballero@gmail.com)

La Crónica 16 de León abrió el lunes 28 de marzo con estas tres referencias:








Algunas curiosidades:
Anotaciones laterales de las luces que estarían encendidas o personajes y puertas por las que accederían al escenario.
Parte del texto que elaboré para dar vida al apóstol Juan de anciano:
Minutaje y orden de grabación de la banda sonora de La Pasión




La historia de Boñar (sus gentes, sus personajes, sus construcciones emblemáticas) en RADIO MONTAÑA LEONESA

Radio Montaña Leonesa y el conductor del programa "Amablemente", Amable Pascual, tuvieron la idea de invitarme a dialogar durante casi una hora para hacer un amplio recorrido por la historia de nuestro pueblo: el puente viejo, las escuelas, las ermitas que hubo en la villa, la cofradía de San Roque...

Un diálogo que se transformó, en su tramo final, en examen sobre gran parte del callejero de nuestra villa. Todo ello aderezado con un introito más personal y sobre el germen y nacimiento de mi libro "Boñar. Final de un histórico letargo."

Aquí os dejo los enlaces donde lo podéis escuchar. Que lo disfrutéis (haz clic sobre ellos):



SOUNDCLOUD Amablemente: Juan Carlos García Caballero 

IVOOX Amablemente: Juan Carlos García Caballero 

Pleito entre el Monasterio de Valdediós y el Concejo de la Mesta (siglo XVI)

 A continuación podéis leer el planteamiento judicial del pleito entre Valdediós y la Mesta así como la sentencia final de la misma que condenaba a la Segunda:

"Asimismo, se exhibió por dicho padre fray Anselmo de la Vega una Carta Ejecutoria ganada a dicha [] del Real Monasterio de Sta. María de Valdediós en el pleito litigado con el Honrado Concejo de la Mesta y hermanos de él sobre diferentes cabezas de ganado y maravedís que se le habían tomado a los mayorales y pastores de ganado ovejuno que había pasado por términos del lugar de La Devesa para los extremos y [] cañada por Rodrigo de Cifuentes, portazguero de dicho monasterio, el cual pleito parece tuvo principio y siguió en primera instancia ante Juan de Villadiego, alcalde entregador de Mestas y Cañadas en virtud de Comisión de los Señores de la Real Chancillería, ante quienes parece fue apelado y habiéndose alegado varias razones por una y otra parte sobre si se debía de pagar o no dicho derecho de pontazgo, concluso que fue legítimamente dicho pleito en 13 de enero del año pasado de 1541 años.

Se dio sentencia de vista por dichos señores por la que confirmaron la dada a dicho alcalde entregador en cuanto a la condenación que había hecho a dicho Real Monasterio de que no llevase el puntazo de los hermanos del dicho consejo de la Mesta que pasasen por el puente que está en término de la Villa de San Pedro de Boñar y revocando la en la parte que mandaba y condenaba en el tres tanto de las prendas que habían sido tomadas a los hermanos de dicho consejo de la mesta de la cual por parte de dicho Real Monasterio se suplicó haciendo presentación de una real carta despachada por el señor rey don Alfonso su data en la ciudad de León a 26 de agosto del año pasado de 1394 años en virtud de la cual y demás instrumentos presentados en 10 de diciembre de 1540 años se dio sentencia de revista revocándola de vista y mandando librar dicha carta ejecutoria a la parte de dicho Real Monasterio la que se haya escrita en 12 hojas de pergamino y Sellada con sello de plomo y el tenor de dicha Real cédula sentencia a 20 cabezas.

Pie de dicha real carta ejecutoria es el siguiente:

Cabeza de la Real Carta Ejecutoria:

Don Carlos, por la divina clemencia emperador siempre Augusto, rey de Alemania, doña Juana su madre y el mismo don Carlos, por la gracia De Dios, reyes de Castilla, de León, de Aragón, de las dos Sicilias, de Jerusalén, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba, de Córcega, de Murcia, de Jaén, de los Algarves, de Algeciras, de Gibraltar, de las islas de Canarias, de las Indias, islas y tierra firme al Mar Océano, condes de Barcelona, señores de Vizcaya y De Molina, duques de Atenas y de Neopatria, Condes de Rosellón y la Cerdeña marqueses de Oristan y de Goceano, archiduques de Austria, duques de Borgoña y de Brabante, conde de Flandes y de Tirol,

a nuestra justicia mayor y a los del nuestro Consejo, Presidentes y Oidores de las nuestras Audiencias, alcaldes y alguaciles de la nuestra casa de Corte y Chancillerías y a los corregidores y alcaldes y otros jueces y justicias cualesquier de todas las ciudades, villas y lugares de estos nuestros Reinos y señoríos y a cada uno y cualesquier de Vos en vuestros lugares y jurisdicciones aquí está nuestra carta ejecutora fuese mostrada o su traslado signado de escribano público sacado con autoridad de juez o alcalde en manera que haga fe

Aquí se  introduce Copia literal de la Real Cédula de concesión del pontazgo.

Sentencia definitiva en grado de revista (*) [contra el Concejo de la Mesta]

En el pleito que es entre el Honrado Concejo de la Mesta y hermanos de él, Rodrigo de Terreros, su procurador en su nombre, de la una parte, y el abad y monjes y convento del Monasterio de Valdediós de la orden de San Bernardo y Alonso de Bilbado, su procurador en su nombre, de la otra.

Fallamos que la sentencia definitiva en este pleito, dada y pronunciada por algunos de los Nos, los Oidores de esta Real Audiencia de sus Majestades, de que por ambas las dichas partes fue suplicado atender las nuevas comprobaciones anteriormente hechas y presentadas que es de enmendar y para enmendarla la debemos revocar y revocamos haciendo y librando en este dicho pleito lo que de justicia debe ser

que debemos condenar y condenamos al dicho Honrado Concejo de la Mesta y Hermanos de él a que, de aquí en adelante y en todo el tiempo, paguen de cada cabaña de ganado de los que pasasen por la Puente de San Pedro de Boñar una oveja conforme al privilegio y uso presentado en este dicho pleito por parte del dicho Monasterio de Valdediós, al cual mandamos que incorpore en la Carta Ejecutoria esta nuestra sentencia, Nuestra sentencia en grado de Revista. Así lo pronunciamos y mandamos y no hacemos condenación de costas.

El licenciado Acuña de Avellaneda, el doctor Rivera, el licenciado Gregorio López. La cual dicha sentencia parece que fue dada y pronunciada por los dichos Nuestro Presidente y Oidores estando haciendo audiencia pública en la villa de Valladolid a 10 días del mes de diciembre del año que pasó de 1540 años.


Y ahora, la parte del dicho Abad, monjes y convento del dicho Monasterio de Valdediós nos suplico que, de las dichas sentencias en dicho pleito dadas y pronunciadas, le mandásemos dar nueva Carta Ejecutoria de ellas para que fuesen guardadas, cumplidas ejecutadas y llevadas a debida ejecución con efecto como en ella se contenía y que sobre ello proveyésemos como la nuestra merced fuese.

Lo cual visto por los dichos Nuestro Presidente y Oidores fue acordado que debíamos mandar dar esta nuestra carta ejecutoria para vos los dichos jueces y justicias en la dicha razón y lo tuvimos por bien:

Porque os mandamos a todos y cada uno de vosotros en los dichos vuestros lugares y jurisdicciones que siendo con ella o con dicho su traslado signado de escribanos como dicho es, requeridos por parte de dicho Abad, monjes y convento de dicho Monasterio de Valdediós, veáis las dichas sentencias así la del dicho Juan de Villadiego, alcalde entregador, como las dichas sentencias en el dicho pleito sobre razón de lo susodicho, dadas y pronunciadas por los dichos Nuestro Presidente y Oidores en vista y en grado de Revista que de suyo van incorporadas,

y cada una de ellas las guardéis, cumpláis, ejecutéis, hagáis guardar, cumplir y ejecutar, y llevéis y que sean llevadas a debida ejecución con efecto como en ella y en cada una de ellas se contiene y contra el tenor y forma de ellas y de lo de en ellas contenido no vayáis ni paséis ni consintáis ir ni pasar en tiempo alguno ni por alguna manera y ni los unos ni los otros no lo hagáis ni lo hagan so pena de nuestra merced y de 10.000 maravedíes a cada uno de vosotros para la nuestra Cámara,

y además mandamos al hombre que esta nuestra carta ejecutoria os mostraré o el dicho su traslado signado, que vos emplace que parezcáis ante Nos en la nuestra Corte y Chancillería del día que os emplazare hasta 15 días primeros siguientes so la dicha pena, so la cual mandamos a cualquier escribano público que para esto fuese llamado que dé, al que Vos la mostrare, testimonio signado con su signo para que Nos sepamos cómo se cumple nuestro mandato.

Dado en la noble villa de Valladolid a 21 días del mes de marzo de 1541 años. El licenciado Montalbo, el doctor Rivera, el licenciado Acuña de Avellaneda. Yo, Gaspar de Vallejo, secretario de cámara y del dicho Consejo de la Real Majestad, la hice escribir por mandato, con acuerdo de los Oidores de su Real Audiencia en estas doce hojas como ésta. Gabriel Santa Cruz, canciller; Pedro Vallejo, registrador; el licenciado Pedro del Valle."

(*) Las Reales Audiencias conocían habitualmente de apelaciones de sentencias dictadas por tribunales inferiores, esta apelación es lo que se llamaba "sentencia de vista". Respecto de esta sentencia de vista la parte agraviada podía solicitar a la misma Real Audiencia, mediante el llamado "Recurso de suplicación" que reconsiderara, que reviera el asunto (un equivalente a un Recurso de reposición actual). La Real Audiencia ve el asunto y la sentencia que recaía sobre el asunto visto se llamaba "sentencia de revista".


Confirmación de la Real Cédula ante diversos conflictos por el pago del pontazgo (Siglo XIV)

El texto, como en la exposición de la Real Cédula de concesión del Pontazgo, es prácticamente literal. Solo he adaptado alguna parte menor para facilitar su lectura o bien he introducido alguna aclaración mediante corchetes o asteriscos.

Aquí se pueden comprobar:

1.- La confirmación del Pontazgo en 1324, copia dada bajo el reinado de Enrique III a finales del siglo XIV 

2.- Una nueva confirmación del Pontazgo ante varios conflictos dada en 1331 por Alfonso XI [en el documento del siglo XVIII está recogida al principio de este texto ahora probablemente porque el prior del monasterio la mostró al juez y escribanos antes que las que la precedían cronológicamente pero, ya escrita y sin nuestro recurso de cortar y pegar de un procesador de textos en la época aludida, se mantuvo en esa posición temporal incorrecta que aquí ordenamos con un mayor sentido de continuidad cronológico].

3.- Y otra confirmación del Pontazgo ante varios conflictos que continúan dada por Enrique III en 1394 que eleva la multa de 1.000 a 6.000 reales por incumplimiento del privilegio dado a Valdediós:


"Y ahora el abad y convento sobredicho de Valdediós enviaron se me a querellar que muchos hombres y mujeres que han de pagar por la Puente sobredicha que se debían a ella con las cosas que traen y que van a pasar por el río y de otros lugares desviados para tal, han de pagar el Portazgo

Otro si, el concejo de Biboi y otros hombres que ganaron carta de mi chancillería para hacerles perder el dicho portazgo [a Valdediós] que han de dar los de Lillo y enviáronme [al abad] a pedir carta que les mandase guardar esta limosna para que ellos pudiesen adonar [acomodar, sostener] la puente y el hospital sobredicho y todo lo veo por bien por lo que mando que cada uno de todos aquellos que pasasen por la puente de San Pedro de Boñar y por el río den el portazgo de todas aquellas cosas que por ahí trajeran, entraran y pasaran y que se deba dar portazgo según lo mandó por el rey Hernando mi padre y no lo dejes de hacer por cartas mías ni de otro que los de Lillo ni otros hombres os mostrasen contra esta limosna pues sea nada por ninguna otra razón. Además, mando a los adelantados y merinos que por mí anduvieren en el reino de León y a los Comendadores del dicho monasterio y a todas las otras jurisdicciones que esta mi carta vieren que vos lo hagáis así hacer y guardar al abad y convento con esta limosna sobredicha sopena de 1000 maravedíes de manera nueva a cada uno.

Y otro si, mando a todos los que vinieron a tierra de Lillo que no embarguen el portazgo por razón de esta limosna que mi voluntad es que todo se cumpla y que los de Lillo que tienen su portazgo, como siempre lo tuvieron, no embarguen está limosna.

Leída la carta se le da en Valladolid a 12 días del mes de noviembre de la era de 1362 (año 1324); yo Juan Alfon de la Cámara la hice escribir por mandato del rey don Enrique por la gracia de Dios rey de Castilla, de León, de Toledo, de Galicia, de Sevilla, de Córdoba, de Murcia, de Jaén, del Algarve, de Algeciras y señor de Vizcaya y De Molina, a los concejos y alcaldes y justicias merinos y alguaciles y otros oficiales cualesquiera de todas las ciudades, villas y lugares de mis reinos que ahora son o serán de de aquí en adelante a cualquier o cualesquiera de vosotros a quien mi carta fuese mostrada, o el traslado de ella signado por escribano público sacado con autoridad de juez o de alcalde, salud y gracia.

[…Otorgó y confirmó la dicha carta y los privilegios y franquezas y cartas que dicen que tienen del dicho rey don Hernando mi padre, que Dios perdone, y de los otros reyes donde yo vengo y mando que les valgan y les sean guardadas según que les valió y les fueron guardadas en tiempo de los Reyes donde yo vengo, en el mío hasta aquí, y defiendo firmemente que ninguno sea osado de pasar contra ellas en ninguna cosa y a cualquiera que lo hiciese págueme la pena de 1000 maravedíes de moneda nueva y al abad y convento del monasterio sobredicho todo el daño y menoscabo hasta ser doblado y lo demás al Cuerpo a lo que hubiese me tornaría por ello y a estos les mandé dar esta mi carta sellada con mi sello de plomo colgado. Dado en Talavera a 27 días de mayo era de 1369 (año 1331). Yo Hernando Pérez la hice escribir por mandato del rey [Alfonso XI el justiciero 1311-1350]; Alfonso González, Pero Hernández y Fernán Pérez escribanos…]

Sabed que el abad prior y convento del Monasterio de Santa María de Valdediós que está en Asturias se me vinieron querellar y dicen que ellos tienen un privilegio del rey don Hernando, que Dios perdone, y confirmado de los Reyes donde yo vengo y de mí en que tienen que el dicho rey don Hernando, para hacer merced y limosna al dicho monasterio, les dio que pudieran adonar y reparar la puente de San Pedro del lugar de Boñar y otro si un hospital que a la dicha sazón estaban derribados para que la dicha por la dicha puente pudiesen pasar los hombres que ahí viniesen o fuesen a dormir y estar los pobres romeros y romeras que a dicho hospital viniesen

y por eso mismo, en adelante, para hacer esto, así entonces como después, por este presente se les dio el portazgo de todas las cosas que por dicha puente y por el río del dicho lugar de San Pedro de Boñar pasasen de que se debía de pagar portazgo y derecho y que esta merced y limosna les hizo [a cambio de que] un capellán celebre una misa cantada en cada año en el dicho monasterio por las ánimas de los Reyes donde él venía para que rogase a Dios por su vida y salud y la de todos los reyes que después de él viniesen.


Y mandó que, en adelante, todos los hombres y mujeres que por dicha puente del Río pasasen que no fuesen del Concejo de Boñar pagasen el dicho portazgo al dicho abad y convento o al que lo hubiese de recaudar para ellos de todas las cosas que por ahí pasasen ciertas cuantías de dinero que en el dicho privilegio están contenidas y declaradas por cuanto los dichos concejos, que a la sazón no las quisieron guardar ni mantener ni pagar al dicho abad y Convento, siempre darán en razón del dicho portazgo pues don Hernando les envío a observar por su carta apremiantemente para que lo guardasen, cumpliesen y pagasen todo en la manera que él lo mandara y que no dejase de hacer algunos embargos, razones y cosas que los dichos consejos y algunos otros hiciesen o dijesen de alguna manera según que esto y otras cosas cumplidamente en el dicho privilegio o carta del dicho rey D. Hernando confirmamos lo que contiene y ahora, como me mostráis dicho privilegio y cartas, confirmamos que, de poco tiempo acá, por hacerles mal y daño no quieren guardarlos ni cumplirlos y recurren con algunos privilegios, cartas generales o especiales o avales que siempre muestran ganadas después  de algunos reyes antecesores, de los cuales no se hacen mención en el Privilegio, aducen razones maliciosamente contra él que servirían de gran agravio y daño que no podían reparar cada año y cumplir con él (privilegio), me pidieron merced de que les proveyese de remedio que yo veo bien, os mando esta mi carta o traslado de ella signado a todos y cada uno de vos para que veáis el dicho Privilegio y Carta del dicho D. Hernando que por parte del dicho abad y Convento pudieran haber y recaudar el portazgo que dicha [forma] es o sus traslados signados por escribanos públicos que así les fue hecho y dado en limosna y para que de esta manera se guarden, cumplan y se las hagan cumplir y guardar bien con todo lo que les pertenece cerca del dicho portazgo en cada año bien y cumplidamente según se contiene en él.

Sin embargo, de cualesquier otros privilegios, cartas o alcabalas generales o especiales que después del dicho privilegio y carta del rey D. Hernando fueron ganados o dados a cualesquiera otras iglesias, ciudades, villas, lugares, concejos o personas, de cualquier estado o condición, se haga ejecución del dicho Privilegio aunque os sean mostrados o muestren de alguna manera por otros embargos ni [se admitan] razones contra mi merced de limosna y obra de piedad. [Así se cumpla] de aquí en adelante, según lo dicho por el rey D. Hernando que ordenó y mandó que no se haga nada en su contra, so pena de la mi merced de 6.000 maravedíes de moneda usual a cada uno y demás cualquier o cualesquier para quien finge hacerlo así. Así lo mando cumplir al hombre que mostrase esta carta o el traslado signado. Como dicho es que os emplace a parecer ante mí doquier que yo sea del día que os emplazare en los 15 días primeros siguientes so la dicha pena a cada uno a decir por cuál razón no cumplís mi mandato a mi chanciller y notarios y escribanos y a otros que están a la Tabla de mis sellos que les den, libren y sellen las cartas que hubieran menester en que les sea guardado lo sobredicho y de cómo esta mi carta os fuere mostrada y el traslado de ella signado como dicho está. Y los unos y los otros la cumpláis mando so la dicha pena a cualquier escribano público que para esto fuese llamado para que den testimonio signado al que vos se la mostraséis, para que yo sepa cómo cumplís mi mandato.

Dada en la ciudad de León, 26 días de agosto del año del nacimiento de Nuestro Señor Jesucristo de 1394 años. Yo Pero Alfon la hice escribir por mandato de nuestro señor el rey. Yo, el rey, “cesarus legionem”. Sancho Hernández, registrada."

Concesión del Pontazgo sobre la "puente de San Pedro de Boñar" por Fernando IV al Monasterio de Valdediós. Año 1305

 Transcribo casi literalmente el texto por el cual el rey Fernando IV concedió el derecho de cobrar el pontazgo el 25 de agosto de 1305 (en gran parte del documento "portazgo") al Monasterio de Valdediós que gracias al rey Alfonso IX había bendecido el 2 de abril de 1206 su paso de la cordillera Cantábrica para instalar una Granja (monasterio secundario o dependiente) bajo su protección real en La Vega de Boñar. Ese "casi" se debe a algunas pequeñas variaciones que como licencia me he tomado a fin de hacer la lectura más entendible y ligera como, por ejemplo, la separación del texto en párrafos "temáticos" cuando el texto original está redactado de seguido, o la introducción de corchetes para realizar algunas aclaraciones, especialmente, para una mejor comprensión de términos y verbos antiguos ya en desuso o para aportar algún dato histórico que ayude a situar el acontecimiento. DICE ASÍ:

Don Hernando [Fernando IV, reinado de 1295-1312], por la gracia de Dios rey de Castilla, de León, de Toledo, de Galicia, de Sevilla, de Córdoba, de Murcia, de Jaén, de la Algarve y señor De Molina, a todos los caballeros, alcaldes, jurados, jueces, justicias, adelantados, merinos, alguaciles, comendadores, aportellados [juez que resolvían conflictos en las puertas de las poblaciones] y a todos los otros hombres de las villas y de los lugares de mis reinos a quien esta mi carta fuese mostrada saludos y gracia.

Sabed que me hicieron entender que la Puente de San Pedro de Boñar que está desamparada en el río que es fuerte y peligroso y si no se dotase esta puente sería gran daño de toda su tierra y gran peligro de todos aquellos que por ende [allí] pasasen.

Otro si, que un hospital que está al cabo de esta puente donde se suelen acoger los hombres y mujeres pobres y los romeros que vienen y llegan a esta tierra y no tienen ninguna renta de que se acojan ni de que se mantengan

y ahora me hicieron entender que el abad de Valdediós y el convento tiene una casa al lado del puente y algo en esa tierra que les dieron los reyes de donde yo vengo y tengo por bien que hagan este hospital y haga y adonen [acomoden] la dicha puente

y que haya, de aquí en adelante, para ayuda a mantener la [puente] para siempre el portazgo de todas las cosas que por esa puente pasasen de que se debe dar portazgo y derecho por esta merced y por esta limosna que les hago que en el monasterio sobre dicho de Santa María de Valdediós se haga cantar cada un año por un capellán que diga misa por las ánimas de los dichos reyes de donde yo vengo y que ruegue a Dios por mi vida y por mi salud

 y mando que de aquí en adelante que todos los hombres y mujeres que por ahí pasasen que no fuesen del Concejo de Boñar que den el portazgo al Abad y Convento sobredicho o al hombre que hubiere de recaudar por ellos de todas las cosas que por ahí pasan en esta guisa:

De cada carro que por ahí pasaré cargado 4/9 y del vacío dos maravedíes y de las bestias cargadas dos maravedíes y de las vacas y de los bueyes dos maravedíes y de cada una de las cargas de madera dos maravedíes, de cada una de las ovejas y carneros y cabras y cabrones

y así como lo usaron siempre en tiempo de los Reyes donde yo vengo en los otros lugares de mis reinos de dar este portazgo que lo den así a ellos y defiendo firmemente que ningunos sean osados en refertar [discutir], contrallar [contradecir, negar, rechazar] ni embarazar [dificultar, impedir] en ninguna manera a cualquiera que se lo hiciera a ella de dar en pena 1.000 maravedíes de la moneda nueva; y demás los cuerpos y cuanto hubiesen me tornarían para ello

y si algunos quieren referarla o embargarla mando a cualesquiera justicias susodichas que no lo consientan y que los prendan por la pena sobredicha y la guarden para hacer de ella lo que yo mandase y no hagan ende [allí] sola dicha pena.

Y para que esto sea firme, estable mandé sellar esta carta con mi sello de plomo.

Hecho en Burgos 25 días de agosto era de 1343 [año 1305] Yo, Sancho Sánchez, la hice escribir por mandato del rey. 

Boñar a mediados del siglo XVI

Aprovechando la Navidad quisiera compartir con todos vosotros un regalo que me ha llegado de manos de Armando Valladares, oriundo de Las Arrimadas, a quien agradezco la información aportada. Ha localizado en el Archivo de la Real Chancillería de Valladolid, sección de Protocolos y Padrones (Caja 64.10, folios 25 al 29) un padrón de habitantes de Boñar correspondiente al año 1552. En él se detallan los vecinos de aquel momento. Son los siguientes:

1.       Primeramente, Bartolomé Bueno, pechero (viudo casado en segundas nupcias en 1569 con Catalina Fdez.)
2.       Adrián Gutiérrez, pechero. Su hermana, pechera, menor
3.       Juan Casado, pechero
4.       María Díez, viuda, mujer que quedó de Rodrigo Picón, hijosdalgo
5.       Pedro Fernández, hidalgo de ejecutoria. María y Rodrigo y Fernando, sus hermanos, hijosdalgo
6.       Francisco de la Bandera, hermano del dicho Pedro Fernández, hijodalgo de ejecutoria
7.       Juan Fernández, su hermano, hijodalgo
8.       Pedro de la Granda, criado del dicho Francisco de la Bandera, pechero
9.       Julián, está por hidalgo
10.   Fernán González, de arriba, está en posesión de hidalgo
11.   Rodrigo de Llamazares, hidalgo
12.   Gonzalo del Corral, su criado, pechero
13.   Gonzalo de Llamazares, hijodalgo
14.   Alonso de Herreras, está por hidalgo
15.   La de Gonzalo de Villa, viuda, pechera
16.   Bartolomé de Villa, pechero
17.   Alonso de Villa, el viejo, pechero
18.   Juan, sastre, pechero
19.   Gonzalo de la Puerta, hidalgo
20.   Alonso de Villa, el mozo, pechero
21.   María de Vozmediano, viuda, pechera. Fernando, su hijo menor y Martino, su hijo, pecheros
22.   Gonzalo de Vozmediano, pechero
23.   Miguel de Penilla, pechero
24.   Pedro Moro, pechero
25.   María, de Juan de la Iglesia, viuda, pechera. Catalina y Bartolomé, sus hijos, pecheros
26.   Santiago de Villa, está en posesión de hijodalgo
27.   Pedro de Herreras, está por hidalgo
28.   Pedro de Barrio, pechero
29.   Juan de Castro, por hijodalgo
30.   Juan Pérez, el viejo, pechero
31.   Pedro Pérez, su hijo, clérigo
32.   Hernán Martínez, herrero, pechero
33.   Sancha, viuda, pechera
34.   Diego de Vega, pechero
35.   Martín Fernández, pechero
36.   Francisco de Robles, escribano, hijodalgo
37.   Fabián Martínez, pechero
38.   Gonzalo del Palacio, pechero
39.   Miguel del Palacio, pechero
40.   Hernando de Teresa, pechero
41.   Pedro del Corral, pechero
42.   Bartolomé Fernández, clérigo
43.   María de tras la Cerca, viuda, pechera
44.   Alonso de Castro, hidalgo
45.   Pedro García Pachón, hidalgo, zapatero
46.   Jhoan Prieto, pechero
47.   García Gutiérrez, sastre, por hidalgo
48.   Dominga, viuda, hijadalgo
49.   Juan de Quirós, hidalgo
50.   Pedro Pérez, pechero
51.   Alonso Pérez, pechero
52.   Gaspar Pérez, herrero, pechero
53.   Martino de Villa, está por hidalgo
54.   Juan Pérez, el mozo, pechero
55.   Madalena, viuda pobre y quedó de hijodalgo
56.   Alonso del Pontón, pechero
57.   Bernabé Fernández, pechero
58.   María, la pastora, pobre
59.   Juan del Corral, pechero
60.   Rodrigo de Nava, hidalgo
61.   Juan de Barrio, pechero
62.   Hernán González, de abajo, hidalgo
63.   Gaspar de Andrés, pechero
64.   Francisco de Tablares, exento
65.   Inés del Teso, viuda, pechera. Juan y Martino, Lucía, Fernando, sus hijos menores pecheros
66.   Pedro Alonso, pechero (casado con María de Vozmediano en 1567)
67.   Juan de Grandoso, pechero
68.   Gutierre Alonso, hidalgo
69.   Diego de Llamazares, su hijo, hidalgo
70.   Pedro Picón, Engracia, Leonor, Diego y Rodrigo y María Picón, menores, hijos de Rodrigo Picón, difunto, hijosdalgo
71.   Gonzalo, hijo de Gonzalo Díaz y Juana Díez, menores, pecheros

Como aclaraciones básicas, expresar los dos grupos sociales que aparecen en ella:

  1. Tengamos en cuenta que estamos hablando de vecinos y que, por lo tanto, solo están recogidos los varones "cabeza de familia", las viudas y pobres, los clérigos o circunstancias particulares (como por ejemplo los dos hermanos solteros que viven juntos en el número 2.). La población de boñareses en ese momento rondaría entre 200 y 300 almas.
  2. Por un lado tenemos a los hijosdalgo, la clase noble más baja que estaban liberados, principalmente, del pago de impuestos, cosa nada desdeñable en aquellos momentos. Estos podían ser, fundamentalmente, de sangre, es decir, por línea familiar antigua noble, o por vía de ejecutoria, o sea, que habían tenido que acudir a instancias judiciales a probar su hidalguía de, al menos, dos generaciones atrás (padres y abuelos). Podemos observar además la expresión "está por hidalgo" que deja entrever las dudas sobre su condición social.
  3. Un segundo grupo es el de los pecheros, personas sin distinción que componían el grueso de la sociedad en el estado llano sobre quienes recaían trabajos y "pechos" o impuestos de todo tipo.
Como aportación meramente personal, en dicha relación se echa en falta a una parte de la nobleza  media boñaresa como tal. La familia de los Alfonso, los García de Robles o una rama de los Bandera que por documentos del Archivo Diocesano de León sabemos que estaban instalados en la villa en el siglo XVI.
Un documento rescatado por Armando y que, gracias a él, todos podéis bucear nuevamente en la historia de nuestra querida tierra.

Calleja del tinte o Calle Miguel Carrasco (ambas sirven)

Después de una larga temporada, incorporamos al blog la historia de esta ¿calle o calleja? tan entrañable y tan usada para acortar distancia bien cuando se va de la plaza a la Corredera o al parque de El Soto o bien cuando hacemos el recorrido a la inversa. Dos nombres tienen estos escasos setenta metros y los dos son válidos. Seguro que la denominación de "calleja del tinte" siempre ha ayudado a sospechar parte de su pasado, acertadamente. Tal vez, se me antoja algo más opaco el porqué Calle Miguel Carrasco. Cuando la semana pasada volvía a leer el testamento de este personaje y me senté ante apuntes y datos de mi investigación del siglo XIX boñarés, pronto me convencí de que el formato de los artículos del blog se antojaba anquilosante por un motivo fundamental: se entrelazaban familias y acontecimientos que precisaban del espacio suficiente para "armar" el esqueleto histórico necesario que les diera sentido auténtico. De ahí, la separación entre texto en PDF y soporte fotográfico. Además incluyo una árbol genealógico de las familias García Nuevo y Sánchez Carrasco que ayudará a relacionar las personas que protagonizan esta historia. Espero que os guste. Ah! Feliz Año.