


Por lo comentado en el documento tanto el hospital que acogía a "los homes y mugeres probes e los romeros que vinen y llegan" como el propio puente se hallaban en muy mal estado. El Porma es calificado como río fuerte y peligroso. Todo el que cruzare el puente, excluidos los vecinos del concejo de Boñar, debería pagar cierta cantidad de maravedís "De cada carro que por ai pasare cargado quattro noveno y del vazio dos mrs. e de las Bestias cargadas dos mrs., e de las Bacas e de los Bueyes dos mrs., de cada una e de las cargas de Madera dos mrs. de cada una, e de las obejas y caerneros e cabras y cabrones ansi como lo usaron siempre en tiempos de los Reyes, onde yo vengo en los ottros lugares de mis Reinos". Queda aclarado que estos ingresos deben destinarse con prioridad al mantenimiento y reparaciones del puente y del hospital.
Termina el documento con una advertencia dirigida a quienes no respeten la Real Cédula de esta concesión regia. Quienes la desoigan serán obligados a "pechar" (pagar) 1.000 maravedíes de moneda nueva. Alfonso XI el Justiciero (1.311-1.350) confirma la concesión hecha por su padre el 27 de mayo de 1.331 en Talavera, validando los Privilegios, Franquezas y Cartas que el monasterio de La Vega de Boñar recibió de su antecesor y reafirmando la multa fijada en ellas.
Pero la picardía fue la respuesta a tales privilegios. Los habitantes de Lillo y otros personajes con intereses en estas tierras y pastos adyacentes buscaron entonces cartas que los eximieran de desembolsar dinero para satisfacer el pontazgo del puente de Boñar. Esta postura, alentadora de exenciones falsificadas, proliferó hata el punto que los monjes de Valdediós tuvieron que solicitar otra Carta Real que dejase sin efecto las abundantes exenciones que circulaban o que, al menos, denotara el rango superior de su Real Cédula y la obligada pleitesía a la misma. Esta Carta fue sellada en Valladolid el 12 de noviembre de 1.334.
En el transcurso del siglo XIV la situación se deterioró. No sólo presentaban exenciones los habitantes de la zona de Lillo "Iglesias e ciudades o villa, o lugares o conzejos o personas, particulares, de cualquier estado o condición" arribaron al conjunto de los presuntos beneficiados. Por ello, Enrique II tuvo que encargar a uno de sus escribanos, Pedro Alfon, en 1.394 que confirmara la concesión del pontazgo y elevase la multa a 6.000 maravedíes.
Con la desamortización (término que enmascara la legalización del robo del Estado a todos los niveles)de bienes eclesiásticos nobiliarios y de propios de los ayuntamientos, el pontazgo pasó a depender del ayuntamiento de Boñar que siguió obteniendo usufructo del impuesto hasta 1.860.
En la actualidad, estamos todavía a la espera de que se incoe un expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural de este hermoso puente cuya vida está perfectamente documentada.
Debe advertirse que lo poco que se ha escrito sobre este puente parece no encontrar un equilibrio sobre su origen exacto. La opinión que me he ido formando a la vista de numerosos datos la expongo en cuatro momentos que se han sucedido en el tiempo:
1- El lugar fue muy probablemente elegido como paso ya en época romana
2- A raíz de la concesión del pontazgo se realizó una primera fábrica de corte medieval, con el típico perfil alomado en su parte central.
3- En el siglo XVII sufrió una reforma importante que conservaría la mayoría de las pilastras a partir de las cuales se establecieron parte de las arcadas actuales.
4- Durante la primera mitad del siglo XVIII se derrumbaron arcos en dos ocasiones diferentes lo que provocó peticiones y pleitos entre la Real Jurisdicción de La Vega de Boñar (regida por el administrador de Valdediós) y la Jurisdicción de Boñar (propia del marqués de Astorga y del duque de Uceda, por mitad) sobre quien tenía que correr con los gastos de las reparaciones.
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